lunes, 11 de junio de 2012

Noticia Sniace 11/06/2012


Sniace espera mitigar en parte la multa de vertidos con otro fallo favorable
El grupo Sniace espera que la multa por vertidos al río Saja que acaba de confirmar el Tribunal Supremo no repercuta en exceso en sus cuentas porque, a su juicio, se mitigará en parte con una sentencia de la Audiencia Nacional favorable a la empresa en relación a otro pleito por el canon de vertidos.
Así se indica en un hecho relevante comunicado hoy a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) en el que Sniace da cuenta de la notificación de las dos sentencias.
Una de ellas, dictada el pasado 25 de mayo por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, confirma una sanción de algo más de 601.000 euros a la empresa por vertidos contaminantes al río Saja, en Santillana del Mar, y obliga a pagar una indemnización de unos 344.000 euros por los daños ambientales.
En su comunicación a la CNMV, Sniace explica que la indemnización ya fue abonada, así que no repercutirá negativamente en su tesorería.
Y en lo que respecta a la multa, espera que su impacto en las cuentas de la empresa se mitigue en parte con la otra sentencia, en la que la compañía ha conseguido que se revise a la baja el canon de vertidos que le cobró la Confederación Hidrográfica del Cantábrico (antigua Confederación Hidrográfica del Norte) en el año 2004.
Esta segunda sentencia a la que alude la compañía, dictada el pasado 23 de abril por la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional, estima en parte un recurso de la empresa y ordena a la Confederación que practique una nueva liquidación reduciendo el volumen de agua sobre el que se calculó.
En concreto, la Confederación cobró en 2004 a la empresa casi 3,6 millones de euros en concepto de canon de vertidos, calculado sobre un vertido de 34,5 millones de metros cúbicos de agua. Y la Audiencia Nacional ha ordenado ahora que se revise esa liquidación y solo se cobre por un vertido de 25 millones de metros cúbicos.
Sniace mantiene desde hace años una constante batalla legal con la Confederación Hidrográfica por las liquidaciones del canon de vertidos y por las sanciones que le impuso en el periodo que transcurrió desde la revocación de su autorización de vertidos hasta obtener la Autorización Ambiental Integrada, un tiempo en el que la empresa siguió funcionando y vertiendo al río.
En lo que va de año se han dictado varias sentencias, entre las más recientes, una de la Audiencia Nacional del pasado 14 de mayo, relativa al canon de vertidos del año 2006, en la que se desestima la reclamación de la empresa y se confirma la liquidación que hizo la Confederación.
A estos pleitos se suman también los que ha iniciado contra el Gobierno de Cantabria desde que se implantó el canon de saneamiento en la comunidad autónoma, lo que da lugar a frecuentes resoluciones judiciales también en los tribunales de la región.

1 comentario:

  1. Sniace precisa que la sentencia del Supremo no afecta a su tesorería
    Sniace precisa que la sentencia del Tribunal Supremo sobre una sanción por unos vertidos al río Saja no afecta a su tesorería porque la cantidad económica a la que se le condenó ya ha sido abonada, y que además se compensa con otra de la Audiencia Nacional que le daba la razón.

    Sniace precisa que la sentencia del Tribunal Supremo sobre una sanción por unos vertidos al río Saja no afecta a su tesorería porque la cantidad económica a la que se le condenó ya ha sido abonada, y que además se compensa con otra de la Audiencia Nacional que le daba la razón.

    En un comunicado remitido a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) recogido por Europa Press, la empresa se refiere a las últimas sentencias que ha recibido, como esta del supremo y otra de la Audiencia Nacional.

    Tal y como recuerda, la de la Audiencia Nacional procede a anular la liquidación girada por la Confederación Hidrográfica del Cantábrico en relación con el Canon de Control de Vertidos correspondiente al ejercicio 2004, confirmándose así la línea jurisprudencial seguida por este órgano judicial en consonancia con la postura esgrimida por la empresa y en beneficio de sus intereses.

    En cuanto a la sentencia del Tribunal Supremo, se acuerda desestimar el recurso presentado por Sniace, y declarar procedente la sanción impuesta por la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, por importe de 601.012,10 euros, así como la cuantificación hecha del daño al dominio público hidráulico, por importe de 344.246,04 euros.

    Pero Sniace matiza que ya ha hecho frente a esta responsabilidad por lo que, en lo relativo a la indemnización, esta parte de la sentencia no repercutirá negativamente en la tesorería de la mercantil.

    ResponderEliminar